SITA 2Se trata de un sistema que permite ampliar los mecanismos de gestión de las comunicaciones y presentaciones que realizan los sujetos inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros ante esta Administración Federal. Permite incrementar la certeza y transparencia en la gestión de los trámites efectuados.

¿Cómo utilizar el sistema?

El SITA será dado de alta, en forma automática, a todos los sujetos inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros adheridos al Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).

Asimismo, permitirá a los sujetos inscriptos efectuar, mediante transmisión electrónica, las comunicaciones y presentaciones inherentes a cada trámite que realicen ante este Organismo, así como la remisión de los documentos, en formato digital, vinculados a ellos.

El sistema generará por cada comunicación o presentación recibida un código HASH, el cual representa un identificador único de la información que contiene el documento, para asegurar y resguardar su integridad.

La información y documentos transmitidos electrónicamente a través del SITA serán reputados válidos por esta Administración Federal, sin perjuicio del control que sobre ellos se pueda efectuar.

El SITA será dado de alta, en forma automática, a todos los sujetos inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros adheridos al Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA) permite a los Operadores de Comercio Exterior efectuar mediante transmisión electrónica las comunicaciones y presentaciones inherentes a cada trámite que se realice ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), así como la remisión de los documentos, en formato digital, vinculados a las presentaciones. La implementación del SITA permite incrementar la certeza y transparencia en la gestión de los trámites efectuados y con ello, brindar a los administrados mejores servicios y consolidar entre otros criterios de gestión, una “Aduana con menos papeles”. El sistema generará por cada comunicación o presentación recibida un código HASH, el cual representa un identificador único de la información que contiene el documento, para asegurar y resguardar su integridad. La información y documentos transmitidos electrónicamente a través del SITA serán reputados válidos por la Administración Federal, sin perjuicio del control que sobre ellos se pueda efectuar. Los sujetos alcanzados por el SITA podrán designar personas autorizadas para la utilización del referido sistema. Las designaciones deberán efectuarse a través del servicio “Administrador de Relaciones”, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Resolución General N° 3.713. Asimismo, deberán estar autorizados mediante el servicio “Gestión de Autorizaciones Electrónicas” previsto en la Resolución General N° 2.572 y sus modificatorias.

Para ingresar al micrositio, haga clic AQUÍ. A continuación se transcribe el cronograma de implementación:

SITA

La información y documentos transmitidos electrónicamente a través del SITA serán reputados válidos por esta Administración Federal, sin perjuicio del control que sobre ellos se pueda efectuar.

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marcelo

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Join the discussion 2 Comments

  • Sonia Veronica Avila dice:

    Buenos Dias!
    Estoy interesada en hacer una compra de un equipo de estetica el valor es $ 75000 aproximados , como es la operacion que debo hacer?
    Desde ya muchas Gracias.
    Veronica Avila

    • marcelo dice:

      Hola Sonia : Primero tienes que realizar la gestión de alta de importador / exportador. Luego debes registrarte en el ANMAT y posteriormente registrar el producto en dicha entidad

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