Incoterm FAS (Free Alongshide)

Franco al costado del buque, puerto de carga convenido

 

Definición del Incoterm FAS

El Incoterm FAS se utiliza únicamente en el transporte marítimo internacional o por vías navegables interiores. La responsabilidad del vendedor termina cuando la carga se coloca junto a la embarcación designada por el comprador, y la del comprador comienza en ese punto hacia adelante.

 

 

¿Qué significa el Incoterm FAS?

En la condición de venta FAS el vendedor es responsable de contratar y pagar al despachante de aduana en origen.

 

Incoterm FAS

Obligaciones y Condiciones del vendedor en el Incoterm FAS

  • Proporcionar la factura comercial.

  • Obtener la licencia de exportación y demás autorizaciones requeridas, si se necesita.

  • Contratar el despachante de aduana.

  • Dar la mercancía al costado del buque escogido por el cliente en el puerto de embarque destinado.

  • Consumar con la de entrega en la fecha o plazo acordado en el puerto.

  • Aceptar los peligros de pérdida o mal ocasionados a la mercancía hasta que se haya entregado.

  • Contestar por todos los precios relativos a la mercancía hasta que haya sido entregada en el punto estipulado.

  • Aceptar los precios, si se aplica, de los trámites aduaneros y demás costos pagaderos de la exportación.

  • Dar al cliente la prueba de que la mercancía fue entregada.

  • Costear cualquier precio que se derive por inspección, comprobación de calidad y medidas, entre otros, pasados al embarque y ordenadas por el territorio exportador.

  • Proporcionar al cliente cualquier información de la mercancía (como los datos involucrados con la seguridad), si este la requiere para su transporte e importación al destino final.

 

Obligaciones y Condiciones del comprador en el Incoterm FAS

  • Abonar el costo de la mercancía, de acuerdo con el contrato de compraventa.

  • Hacer todos los trámites de importación de la mercancía y su transporte, y aceptar los requerimientos aduaneros del territorio destino.

  • Contratar el flete marítimo internacional a partir del puerto de embarque destinado.

  •   Asumir los riesgos de la mercadería, una vez que sea entregada en el punto convenido.

  • Aceptar los peligros y males de la mercancía a partir de la fecha acordada

  • Hacer todos los trámites de importación de la mercancía y aceptar los requerimientos aduaneros del territorio destino.

  • Notificar al vendedor el nombre del buque, el punto de carga y, si es la situación, la fecha y el plazo acordado.

  • Admitir la prueba de entrega de la mercancía.

  • Reembolsar los precios y costos al vendedor que se generen por proporcionar o contribuir a obtener la información de la mercancía.

  • Proporcionar los documentos e información (como los datos involucrados con la seguridad), que el vendedor ocupe para la exportación y transporte de la mercancía.

  • Pagar los impuestos y tributos.

Si necesitas un asesoramiento personalizado acerca de cuál es el mejor incoterm para el envío de tus mercancías, consulta a nuestro despachante de aduanas

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marcelo

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